¿Por qué puede darse un informe policial desfavorable en casos de residencia?

Para acceder a una residencia temporal o permanente es necesario consignar una serie de requisitos, entre ellos, una constancia de carecer de antecedentes penales tanto en España como en su país de origen.

Además, también son tomados en cuenta los informes policiales. De hecho, comúnmente, la existencia de un informe policial desfavorable conlleva a una negación.

Los antecedentes policiales derivan de los hechos enmarcados en el Código Penal como delitos o faltas. También aplica para aquellos delitos de carácter administrativo que han requerido la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Entonces, una persona que ha cumplido condena y cancelado sus antecedentes penales, también deberá cancelar los antecedentes policiales que se generaron por medio de la detención que sufrió en su momento.

Incluso, si la persona fue detenida pero no llegó a recibir una sentencia penal, también tendrá antecedentes policiales en su historial que debe cancelar si es que quiere aspirar a una residencia.

El caso excepcional

Recientemente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia tuvo que valorar la incidencia de un informe policial negativo que incluía un antecedente policial; todo esto en el marco de una solicitud de residencia por arraigo social.

Este ha sido el primer caso donde un Tribunal ha desestimado el informe policial negativo en un caso de petición de residencia.

El implicado fue detenido por el delito de blanqueo de capitales, estafas con tarjetas de crédito/débito y cheques de viaje, además de un delito no codificado de estafa bancaria y pertenencia a un grupo criminal.

En resumen, a la persona se le acusaba de haber realizado una pequeña estafa por Internet. Sin embargo, el antecedente policial presentado no hacía constar que el caso haya derivado en una sentencia penal.

Por otra parte, el delito por el que se le acusaba es un delito menor.

Hay que aclarar que tanto el informe policial como los antecedentes penales son un requerimiento para obtener una residencia porque lo que se busca es no comprometer la seguridad interior, exterior ni los servicios públicos.

En este caso en particular no había ningún indicio de que en dichos aspectos la seguridad estuviese comprometida.

En consecuencia, el Tribunal determinó que no se presentó ninguna de las circunstancias por las que excepcionalmente se lleva a tomar en cuenta el antecedente penal para fundar una negación de la autorización de residencia temporal solicitada.

Esta sentencia jurisprudencial viene a moderar la exigencia y es un claro ejemplo de que es posible obtener una residencia temporal por arraigo si la persona en cuestión tiene un antecedente policial.

Sin embargo, siempre es importante que ante un trámite de esta naturaleza el abogado tome en consideración cualquier antecedente para solventarlo a tiempo.