Se ha dictado una sentencia del Tribunal Constitucional que anula el método de calculo de las plusvalías municipales bajo estos preceptos:

Garantizar la constitucionalidad del tributo supondría “seguridad jurídica a los contribuyentes y certitud a los ayuntamientos”, ha señalado el departamento que encabeza María Jesús Montero en un comunicado.

Hablamos de una decisión que ha tomado el Tribunal Constitucional, que ha anulado parte de la ley sobre el impuesto de plusvalía municipal, ya que considera que no se puede obligar al pago del impuesto si no ha habido un incremento real del precio del terreno.

El método de cálculo de Plusvalia

En concreto, el TC se ha centrado en una serie de artículos que ha declarado inconstitucionales y nulos, ya que considera que establecen un método objetivo para calcular la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido un aumento en el valor de estos, con independencia de que haya sido así y de la cuantía real de este incremento.

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