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Una Licencia de Instalación es la autorización municipal que solicita una persona o empresa para implantar una determinada actividad en un local en concreto. 

 La Licencia de Actividad o de Instalación es la autorización inicial que concede el Ayuntamiento para poder implantar una determinada actividad en base a un Proyecto Técnico presentado. 

Y la Licencia de Apertura o Funcionamiento es la Licencia definitiva con la que el Ayuntamiento da permiso para poder abrir la actividad. Primeramente se solicita al Ayuntamiento la Licencia de Actividad, y tras concederla, se proceden a realizar las obras. Este mismo expediente municipal abierto concluye en la concesión de la Licencia de Apertura o Funcionamiento. 

 Licencias de apertura y realización de comunicaciones previas de actividades recreativas y espectáculos públicos (licencias de apertura o comunicaciones de bares, discotecas, restaurantes, terrazas…).

Asistencia en procedimientos sancionadores, asociaciones cannábicas, Apartamentos turísticos…

-Planes de Uso y Calificación urbanística

-Afectaciones 

-Legalización y recurso contra clausura de una actividad 

Recurso contra  sanciones por la clausura de un establecimiento sin licencia

Responsabilidad del Ayuntamiento en el supuesto de que permita el ejercicio de una actividad sin licencia o comunicación previa y declaración responsable. 

-Recurso horario de cierre y cambio de actividades.